SEGURIDAD Y SALUD


La Seguridad y Salud en obras de construcción es un aspecto tan importante como la propia ejecución de la obra.
Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y más concretamente el R.D. 1627/97 y sus posteriores anexos y modificaciones, la seguridad en la obra adquiere una mayor responsabilidad  tanto por parte del Promotor como por parte del resto de agentes implicados.

Estudios de Seguridad
  • Es obligación del Promotor aportarlo antes del visado del Proyecto Técnico y obtención de la Licencia de Obra.
  • Desde nuestro gabinete técnico podemos elaborarle la redacción del Estudio de Seguridad y Salud.
  • Ofrecemos nuestros servicios a empresas y particulares. 

Planes de Seguridad
  • Es obligación del Contratista su redacción para adaptar sus medios a los sistemas de prevención contenplados en el Estudio de Seguridad. 
  • Desde nuestro estudio podemos elaborarle el Plan de Seguridad y Salud. Ofrecemos nuestros servicios a empresas constructoras.

Coordinación de Seguridad y Salud

  • Es también obligación del Promotor el hacer que se supervise la correcta implantación del Plan de Seguridad en su obra mediante el nombramiento de un Coordinador de Seguridad y Salud. En Obras de construción residencial, docente, comercial, administrativo..., esta función exclusivamente la pueden ejercer Arquitectos Técnicos y Arquitectos.
  • Nosotros podemos desempeñar esta función. Ofrecemos nuestros servicios a empresas y particulares.

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